Sr. propietario tenemos clientes para comprar o alquilar su propiedad. Si aun no concreto su negocio visítenos y lo atenderemos sin compromiso.

Quienes somos

Oficina Ramírez Limitada se inició en el año 1985, desempeñándose en ramo INMOBILIARIO ininterrumpidamente desde el 2 de setiembre de dicho año. Nuestro cometido ha sido profesionalizarnos día a día, innovándonos y sin perder nunca la mira y convicción en cuanto a que el CLIENTE es el pilar fundamental de nuestra Empresa, por lo que buscamos permanentemente su satisfacción.

Si bien nuestro principal cometido dentro del giro es la ADMINISTRACION Y VENTA DE PROPIEDADES INMUEBLES, brindamos a nuestros clientes un asesoramiento profundo integral absoluto en cuanto a negocios y trámites inmobiliarios.

Todo ésto avalado por Profesionales Universitarios en cada área a tratar. A título de ejemplo, le enumeramos algunos de nuestros servicios complementarios: mensuras, incorporación a Propiedad Horizontal, fraccionamientos de lotes; Regularización de planos, proyectos y dirección de obra nueva o reciclajes; escrituras públicas tales como compra-ventas o Reglamento de Copropiedad, etc.; certificados notariales y trámites ante Oficina Públicas y privadas. Desalojos por todas las causales legales existentes con la mayor celeridad posible.

En caso de inmuebles a reparar, cuente con nuestro servicio de reciclaje....NO DEJE DE CONSULTARNOS ANTES DE TOMAR UNA DETERMINACIÓN, DEFENDEREMOS VUESTROS INTERESES!

DIRECCIÓN DE LA EMPRESA Y NUESTRO EQUIPO

Director General y Administrador:
     Oscar Abascal Ramírez Araújo (Operador Inmobiliario)
Co-Directora y Gerente:
     Verónica Ferrer Almeda
Encargado de Ventas y coordinador de arrendamientos:
     Fernando Akirmaián Sobadjian
Asistente de finanzas:
     Antonio Jorge Macchia Repetto
Asistencia Notarial continua:
     Escribano Nicolás Sequeira
Asistencia Jurídica:
     Estudio Tomás Teijeiro y Asociados

garantía recomendada por esta inmobiliaria, le aseguramos la mayor celeridad.

Garantía



CONDICIONES PARA OBTENER LA GARANTÍA:

  • - Ser mayor de 18 años.
  • - Documento de identidad vigente.

  • DEPENDIENTES:

  • - Antigüedad mínima de un año en el trabajo, o ser Pasivo o Pensionista
  • - 3 Últimos recibos de sueldo asalariado mensual, o 6 últimos recibos en otros casos.
  • - Si es pasivo o pensionista, último recibo de cobro.
  • - No estar en el clearing de informes (no excluyente, se analiza cada caso).
  • - Ser socio COMAG (afiliación automática al momento de la firma del contrato).

  • INDEPENDIENTES:

  • - Certificado de ingresos por Contador de los últimos 12 meses líquido mensual.
  • - Certificado de estar al día en BPS y DGI.
  • - Formulario 6351 y 6361.
  • - Último balance presentado.
  • - Depósito aval.


Impuestos, deducciones y costos asociados a las transacciones inmobiliarias:

ITP (Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales): El ITP es un impuesto a la transferencia de bienes inmuebles (compra / venta). El valor es de un 2% sobre el valor de Catastro del inmueble, que es sensiblemente inferior al valor de mercado. Dicho valor se detalla en los documentos que expide la Dirección General del Catastro Nacional y encontrará en http://www.catastro.gub.uy

Escribano que represente a la parte compradora: Estudiará toda la documentación necesaria del inmueble a fin de constatar que todo se encuentre en regla. Los gastos de escribano son de cargo de la parte compradora y en ningún caso estos pueden superar el 3% más I.V.A. del valor de venta de la propiedad más gastos de timbres y montepíos.

Comisión inmobiliaria: La comisión inmobiliaria es de un 3% más I.V.A. sobre el precio de compra.
ITP (Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales): El ITP es un impuesto a la transferencia de bienes inmuebles (compra / venta). El valor es de un 2% sobre el valor de Catastro del inmueble, que es sensiblemente inferior al valor de mercado. Dicho valor se detalla en los documentos que expide la Dirección General del Catastro Nacional y encontrará en http://www.catastro.gub.uy

IRPF (Impuesto a las rentas de las personas físicas): El IRPF es un impuesto del 12% sobre las rentas (ganancias netas) en la venta de un inmueble. Es decir que sólo debe abonarse, si la venta se efectúa a mayor precio que la compra del mismo bien en su momento. Es la diferencia entre: Precio de venta y Precio de compra actualizado por IPC, incluidas todas las reformas efectuadas en el inmueble que hayan sido declaradas al Banco de Previsión Social (BPS). Sólo para inmuebles adquiridos antes del 1º Julio de 2007 existe la opción de abonar un 1.8% del precio de venta (Porcentaje correspondiente al 12% de una renta ficta calculada en 15%).

Comisión inmobiliaria: Comisión inmobiliaria: La comisión inmobiliaria es de un 3% más I.V.A. sobre el precio de venta.
Sr. Interesado acérquese a nuestras oficinas y resolveremos juntos, su necesidad de arrendamiento.

Le explicaremos y daremos anotado lo poco que debe presentar y en cuanto a garantías le haremos acceder a su mejor y mas económica opción, tan solo con su COMPROBANTE DE HABERES y un buen clearing de informes. ASI QUE YA, cumpliendo con ese escaso requisito, considérelo resuelto.

Para eso estamos y nuestro lema sigue siendo desde hace más de 3 décadas ...
RECUERDE, TRATÁNDOSE DE INMUEBLES...RAMIREZ LO RESUELVE !!!